Vacaciones de trabajadores: todo lo que debes saber

· Felipe Fuentes · Legislación Laboral  · Tiempo de lectura: 6 minutos

Resuelve tus dudas sobre vacaciones, feriados legales, proporcionales y progresivos en Chile. Conoce tus derechos, requisitos y qué pasa si no tomas tu descanso anual.

Resuelve tus dudas sobre vacaciones, feriados legales, proporcionales y progresivos en Chile. Conoce tus derechos, requisitos y qué pasa si no tomas tu descanso anual.

Introducción

Las vacaciones son uno de los derechos laborales más importantes para los trabajadores en Chile. Sin embargo, muchas veces surgen dudas sobre cómo funcionan, cuándo se pueden tomar, y qué hacer en caso de no utilizarlas.

En esta guía completa te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el feriado legal, feriado progresivo y vacaciones proporcionales, para que puedas ejercer tus derechos de manera informada.


Contenido

  1. Feriado Legal Básico
  2. Requisitos y Excepciones
  3. Preguntas Frecuentes sobre Vacaciones
  4. Vacaciones Proporcionales
  5. Feriado Progresivo

¿Qué son los feriados legales?

Si trabajas bajo contrato, seguramente has escuchado el término feriados legales y te has preguntado qué significan y cómo te benefician.

Definición: El feriado legal es el derecho que tienen los trabajadores con más de un año de servicio a disfrutar de un período anual de vacaciones pagadas. Generalmente, este periodo corresponde a 15 días hábiles.

Días de vacaciones según región

RegiónDías hábiles
Chile continental15 días hábiles
Magallanes, Aysén y Provincia de Palena20 días hábiles

Requisitos y Excepciones

Artículo 67° del Código del Trabajo:

Los trabajadores con más de un año de servicio tienen derecho a un feriado anual de quince días hábiles, con remuneración íntegra…

Requisitos principales:

  • Más de un año de servicio continuo
  • Contratos consecutivos por obra o faena (acumulando más de un año)
  • Remuneración íntegra durante el período de descanso

Época preferente para tomar vacaciones

El descanso se otorga preferentemente en primavera o verano, considerando las necesidades del empleador.

Consejo práctico: Solicita tus vacaciones por escrito al menos un mes antes de la fecha que planeas descansar para facilitar la organización.


Preguntas Frecuentes sobre Vacaciones

¿Se cuentan los sábados dentro de los días de vacaciones?

No, los sábados no se descuentan de tus días de vacaciones. Esta es una protección importante para los trabajadores que laboran de lunes a sábado.

Artículo 69° del Código del Trabajo:

Para los efectos del feriado, el día sábado se considera inhábil.

Esto significa que si tomas 15 días de vacaciones y trabajas de lunes a sábado, solo se descontarán los días de lunes a viernes de tu período de descanso, manteniéndose intactos tus sábados libres.

¿Puedo fraccionar mis vacaciones?

Sí, puedes dividir tus vacaciones en varios períodos, pero con ciertas condiciones. Esta flexibilidad te permite adaptar tu descanso a tus necesidades personales y las de tu empleador.

Artículo 70° del Código del Trabajo:

El feriado debe ser continuo, pero el exceso sobre diez días hábiles puede fraccionarse de común acuerdo.

La regla principal es que siempre debes tomar al menos 10 días continuos, y el resto lo puedes fraccionar como acordes con tu empleador.

Ejemplos de fraccionamiento válido:

  • 10 días + 5 días
  • 12 días + 1 día + 2 días
  • 13 días + 2 días

¿Se pueden acumular las vacaciones?

Sí, puedes acumular hasta dos períodos de vacaciones, pero no más. Esta opción es útil cuando necesitas tomar un descanso más largo o cuando las circunstancias laborales no permiten tomar las vacaciones en el momento original.

Artículo del Código del Trabajo:

El feriado podrá acumularse por acuerdo de las partes, pero solo hasta por dos períodos consecutivos.

Importante: El empleador debe otorgar al menos uno de los periodos acumulados antes de generar un tercero. Esto evita que se acumulen indefinidamente y garantiza que efectivamente tengas tu descanso.

¿Puedo tomar vacaciones antes de cumplir un año en la empresa?

Sí, si el empleador lo autoriza. Aunque el derecho nace al cumplir un año, el empleador puede otorgar vacaciones anticipadas de forma voluntaria.

Cálculo de vacaciones proporcionales:

  • Chile continental: 1,25 días hábiles por mes trabajado
  • Regiones especiales: 1,66 días hábiles por mes trabajado

¿Puedo cambiar mis vacaciones por dinero?

No, las vacaciones no se pueden “vender” o compensar con dinero durante la vigencia del contrato. La ley protege tu derecho al descanso físico y mental, considerándolo esencial para tu bienestar y productividad.

Artículo 73° del Código del Trabajo:

El feriado no podrá compensarse en dinero.

Única excepción: Cuando terminas tu relación laboral y no has utilizado tus vacaciones pendientes, el empleador está obligado a pagarte ese tiempo como parte de tu finiquito. En este caso, el pago es proporcional a los días no utilizados.


Vacaciones Proporcionales

¿Cuándo tengo derecho a indemnización por vacaciones proporcionales?

Si tu contrato dura más de 30 días, o si es renovado y supera los 60 días, tienes derecho a recibir el pago proporcional por vacaciones no gozadas.

Condiciones para el pago proporcional:

  • Contratos superiores a 30 días
  • Contratos renovados que superen 60 días totales
  • Término de la relación laboral con vacaciones pendientes

Feriado Progresivo

¿Qué es el feriado progresivo?

Es un beneficio adicional para trabajadores con experiencia laboral:

Artículo 68° del Código del Trabajo:

Por cada tres años adicionales trabajados con el mismo empleador, se otorga 1 día extra de vacaciones.

Requisitos para acceder al feriado progresivo

RequisitoDetalle
Años de cotizaciónMínimo 10 años de cotizaciones previsionales
Permanencia3 años adicionales con el mismo empleador por cada día extra
Base legalArtículo 68° del Código del Trabajo

Ejemplos de cálculo de feriado progresivo

  • 13 años con el mismo empleador: 15 días + 1 día = 16 días
  • 16 años con el mismo empleador: 15 días + 2 días = 17 días
  • 19 años con el mismo empleador: 15 días + 3 días = 18 días

Preguntas frecuentes sobre feriado progresivo

¿Pierdo el feriado progresivo si me despiden?

Sí, pero solo respecto a ese empleador. Si cambias de empresa:

  • Mantienes tu historial de cotizaciones
  • Podrás volver a acumular días progresivos tras 3 años en el nuevo empleo

¿Se pueden acumular los días de feriado progresivo?

Sí, los días de feriado progresivo siguen las mismas reglas que el feriado legal. Puedes acumularlos hasta dos períodos consecutivos, pero debes usar al menos uno antes de generar un tercero. Esta flexibilidad te permite planificar descansos más largos aprovechando los días adicionales que has ganado por tu antigüedad.

¿Puedo vender el feriado progresivo?

Sí, a diferencia del feriado legal básico, los días de feriado progresivo sí se pueden compensar económicamente. Esta diferencia reconoce que los días progresivos son un beneficio adicional que puede ser materia de negociación entre trabajador y empleador.

Artículo 71° del Código del Trabajo:

El feriado progresivo puede ser objeto de negociación individual o colectiva.

Esto significa que puedes acordar con tu empleador recibir el pago equivalente a estos días extras en lugar de tomarlos como descanso, ya sea de manera individual o como parte de una negociación colectiva.


Resumen ejecutivo

Tipo de vacacionesDíasRequisitos¿Se puede vender?
Feriado Legal15 días (20 en regiones especiales)1 año de servicioNo
Feriado Progresivo+1 día cada 3 años10 años cotizando + 3 años mismo empleador
Vacaciones Proporcionales1,25 días por mesContratos +30 díasSolo al término del contrato

Puntos clave a recordar

  • Los sábados no se cuentan como días de vacaciones
  • Puedes fraccionar tus vacaciones (mínimo 10 días continuos)
  • Las vacaciones se pueden acumular hasta 2 períodos
  • El feriado legal NO se puede vender (excepto al terminar el contrato)
  • El feriado progresivo SÍ se puede negociar

¿Necesitas más ayuda?

Si tienes más preguntas sobre tus vacaciones u otros derechos laborales, sigue nuestro blog donde te ayudamos con guías claras y prácticas para trabajadores y empleadores.

Recuerda: Siempre solicita tus vacaciones por escrito y con anticipación para evitar conflictos con tu empleador.

¡Estamos para apoyarte en todos tus derechos laborales!

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